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ETIQUETADO ENERGÉTICO EN ELECTRODOMÉSTICOS

El 30/11/2010.

La Comisión Europea publicó cuatro reglamentos delegados que establecen un nuevo etiquetado energético para frigoríficos, congeladores, frigoríficos-congeladores, vinotecas, lavadoras, lavavajillas y televisores, que introducen las nuevas clases energéticas A+, A++ y A+++ (las dos primeras ya existían para frigoríficos, congeladores y frigoríficos-congeladores). Este etiquetado es voluntario desde diciembre de 2010, y será obligatorio en diciembre de 2011. Sin embargo, un producto puesto en el mercado con la etiqueta antigua antes del 30 de noviembre de 2011 puede exponerse y venderse legalmente en cualquier momento.

La etiqueta energética de la Unión Europea se ha diseñado para proporcionar a los consumidores información precisa, reconocible y comparable sobre los electrodomésticos relativa al consumo de energía, rendimiento y otras características esenciales. Se permite a los consumidores identificar lo eficiente en el uso de la energía que es realmente un producto y evaluar el potencial de un producto para reducir los costes de energía.

La etiqueta es uniforme para todos los productos en una categoría dada. Los consumidores pueden comparar fácilmente las características de los aparatos en una categoría, tales como la energía o el consumo de agua, o la capacidad.

Toda la información que contiene la etiqueta se basa en las normas de ensayo establecidas en la Legislación Europea.

La Legislación Europea para la etiqueta energética se basa en una Directiva marco que establece principios y obligaciones generales. La Directiva marco se complementa con una serie de Reglamentos delegados que dan información específica para cada categoría de producto. Cada Reglamento delegado corresponde a una categoría de producto cubierta por la Legislación Europea.

En 2003, el éxito del sistema de etiquetado llevó a la Unión Europea a introducir dos nuevas clases para los aparatos de refrigeración, A+ y A++. Estas nuevas categorías se situaron por encima de la clase A para dar respuesta a una demanda del mercado de productos respetuosos con el medio ambiente y para incentivar a que los proveedores desarrollaran productos más eficientes en esta categoría.

Ahora es necesaria la revisión de la etiqueta, para garantizar una continua transparencia y claridad de la información para los consumidores. La etiqueta ha sido un motor del progreso tecnológico en los aparatos. Los avances actuales en el diseño de productos implican que la etiqueta energética debe actualizarse para seguir siendo informativa y relevante. También continuará estimulando las mejoras innovadoras en eficiencia.

Por ello, la Unión Europea ha aprobado nuevas etiquetas para indicar la eficiencia energética más allá de A. La nueva Directiva marco entró en vigor el 19 de junio de 2010. Introduce un nuevo diseño de la etiqueta energética que ha mantenido, no obstante, sus características de aspecto uniforme y sencillo en las diferentes categorías de producto.

Los elementos básicos de la etiqueta, que la hacen fácilmente reconocible, permanecen en el nuevo diseño:

  • La escala de clasificación

  • Siete clases energéticas. (con algunas salvedades

  • Colores de verde oscuro (alta eficiencia energética) a rojo (baja eficiencia energética)

Se han añadido ahora nuevos elementos adicionales comunes a todas las categorías de producto para destacar los productos con mejores características y el progreso técnico:

  • Se pueden añadir hasta tres clases adicionales, A+, A++ y A+++, a la actual escala de clasificación desde A hasta G.

  • La nueva etiqueta será uniforme en los 27 Estados Miembros de la Unión Europea.

  • La nueva etiqueta será independiente del idioma ya que los textos se sustituirán por pictogramas que informan a los consumidores sobre las características de un determinado producto.

  • Cada producto individual se suministrará con la nueva etiqueta completa. La práctica actual en muchos países de proporcionar la base y la tira de datos por separado se abandonará.

  • La declaración de ruido será obligatoria para los productos en los que el ruido es un criterio relevante.

  • Aparecen nuevas obligaciones en materia de publicidad y material promocional.

Estas disposiciones se aplican únicamente a las categorías de producto para las que ya ha entrado en vigor un Reglamento delegado relacionado:

  • Reglamento Delegado UE. Etiquetado Energético de lavadoras domésticas

  • Reglamento Delegado UE. Etiquetado Energético de lavavajillas domésticos.

  • Reglamento Delegado UE. Etiquetado Energético de aparatos de refrigeración domésticos.

  • Reglamento Delegado UE. Etiquetado Energético de las televisiones.

Para el resto de productos (secadoras, lava-secadoras y hornos) se publicarán más adelante los Reglamentos del nuevo etiquetado energético. Hasta ese momento, sólo se podrá utilizar el etiquetado actual.