Prórroga de tres 3 meses tras el estado de alarma
7 de mayo 2021
El Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo, establece una serie de medidas extraordinarias aplicables a situaciones de vulnerabilidad económica y social. En esencia suponen prorrogar por un plazo de 3 meses desde la expiración de la vigencia del estado de alarma, esto es, hasta el 9 de agosto de 2021, algunas de las medidas adoptadas para dar cobertura a dichas situaciones de vulnerabilidad. Están relacionadas con la garantía de determinados suministros y el derecho a la percepción del bono social por parte de consumidores y determinados colectivos vulnerables. También determinadas medidas de protección en el ámbito del arrendamiento de vivienda, contenidas en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo.