19 de octubre 2026
La Secretaría General de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes ha comunicado a los contratistas de rutas de transporte escolar del curso 2026/2027 que el servicio de transporte escolar por carretera a centros docentes públicos es una operación no sujeta al IVA.
El criterio procede del informe de la Dirección General de Tributos IE0037-2026, de 10 de febrero, emitido a petición de la propia Consejería. La DGT entiende que lo que paga la Administración por este servicio público gratuito es una aportación para financiar la gestión de un servicio público sin distorsión de la competencia y que, por tanto, no es contraprestación de ninguna operación sujeta.
Todo ello conforme a la Ley de IVA y consultas tributarias sobre el criterio a aplicar.
