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Prestación de cese para el Autónomo

Se plantean 5 supuestos que deben tener en cuenta.

1 octubre 2021

El Gobierno central ha aprobado el Real Decreto-Ley 11/2021 de 17 de mayo, sobre medidas urgentes para la defensa del empleo, la reactivación económica y la protección de los trabajadores autonomos

Si eres Autónomo/a en esta circular analizamos los cinco suspuestos a tener en cuenta:

  1. Exención de cotización para los autónomos
  2. Prestación extraordinaria por cese de actividad para los trabajadores autónomos
    afectados por una suspensión temporal de toda la actividad como consecuencia de resolución
    de la autoridad competente como medida de contención de la propagación del virus COVID-19.
  3. Prestación por cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia.
  4. Prestación extraordinaria de cese de actividad para aquellos trabajadores
    autónomos que ejercen actividad y a 30 de septiembre de 2021 vinieran percibiendo alguna de
    las prestaciones de cese de actividad previstas en los artículos 7 y 8 del Real Decreto-ley 11/2021,
    de 27 de mayo y no puedan causar derecho a la prestación ordinaria de cese de actividad prevista
    en el supuesto anterior.
  5. Prestación extraordinaria de cese de actividad para los trabajadores
    autónomos de temporada.

CIRCULAR DEL ÁREA LABORAL