Dirigido a trabajadores del metal que no trabajan en obras de construcción.
8 de marzo 2021
El 1 de octubre del presente año, finaliza el plazo que el convenio del Metal establece para que los trabajadores de las actividades del metal que no trabajan en obras de construcción, tengan la formación mínima en prevención de riesgos laborales.
Se recuerda la posibilidad de convalidar los módulos de formación de prevención de riesgos laborales establecidos en el III Convenio colectivo estatal de la industria, la tecnología y los servicios del sector del metal (CEM), con los Certificados de Profesionalidad, los Títulos de Grado Medio y Titulados de Grado Superior de Formación Profesional.